Si bien una sociedad panameña se establece principalmente con fines comerciales, una fundación privada en Panamá está diseñada con los objetivos principales de protección de activos y planificación patrimonial. A diferencia de una sociedad, donde la propiedad y los beneficios se determinan mediante acciones, una fundación panameña incluye a un fundador y beneficiarios, quienes reciben los beneficios de los activos conforme a lo establecido en la carta fundacional. Las funciones clave de esta entidad legal incluyen la protección de activos, planificación patrimonial, continuidad y privacidad. Registrar una fundación privada en Panamá con nuestra asistencia ofrece una herramienta efectiva para lograr sus objetivos.

Fundación Privada en Panamá: Definición y Propósito
Una fundación privada en Panamá es una entidad jurídica creada para proteger la administración de activos en beneficio de sus beneficiarios. Estas fundaciones están reguladas en Panamá bajo la Ley No. 25 del 12 de junio de 1995 y combinan las ventajas tanto de los fideicomisos como de las corporaciones. No está permitido establecer estas entidades con fines comerciales, aunque pueden involucrarse en actividades comerciales siempre que los beneficios resultantes se destinen exclusivamente a la fundación.
Los principales propósitos de establecer una fundación en Panamá incluyen:
- Protección de activos
- Optimización fiscal
- Planificación patrimonial
- Preservación de la privacidad
- Gestión de inversiones y activos
- Filantropía
- Alternativa a un testamento
- Preservación y crecimiento del capital
A través de una fundación panameña, se puede gestionar de manera eficiente bienes raíces, depósitos bancarios, valores y otros activos. Estas estructuras son particularmente adecuadas para abrir cuentas en bancos a nivel mundial, especialmente en bancos europeos que operan bajo el derecho continental y están familiarizados con el concepto de fundación.
Beneficios de Registrar una Fundación Privada en Panamá
Uno de los beneficios más destacados de registrar una fundación privada en Panamá es el alto nivel de anonimato y confidencialidad que ofrece. Los datos de los beneficiarios no se publican en los registros públicos y la información de la gestión de la fundación permanece confidencial. Al abrir una cuenta bancaria, es necesario proporcionar al banco detalles sobre los beneficiarios y las personas autorizadas para manejar la cuenta.
Otros beneficios adicionales de esta estructura incluyen:
- Gestión flexible. La carta fundacional puede adaptarse a las necesidades específicas de los beneficiarios, incluyendo reglas sobre distribución de beneficios y herencia.
- Ausencia de requisitos de reporte. No se requiere presentar informes anuales a las autoridades fiscales, lo que reduce los costos administrativos y simplifica la gestión de la fundación.
- Beneficios fiscales. Si la entidad genera ingresos fuera del país, no está obligada a pagar impuestos sobre esos ingresos, convirtiendo esta estructura en una herramienta ventajosa para la planificación fiscal internacional.
- Protección sólida de activos. Según la ley panameña, los activos de la fundación están legalmente separados de los del fundador, ayudando a protegerlos de posibles reclamaciones.
- Sin requisitos de capital mínimo
Base Legislativa para las Fundaciones Privadas en Panamá
Las operaciones de las fundaciones privadas en Panamá están reguladas por la Ley No. 25 del 12 de junio de 1995. Además, la Comisión Nacional de Valores de Panamá (CNV) actúa como autoridad reguladora.
Las funciones de la CNV respecto a las fundaciones incluyen:
- Supervisión y regulación. Si una fundación privada en Panamá realiza actividades de inversión que afectan al mercado de valores, la CNV puede imponer requisitos adicionales.
- Cumplimiento de normas de prevención de lavado de dinero y financiamiento del terrorismo. La CNV supervisa que todos los participantes del mercado financiero, incluidas las fundaciones involucradas en operaciones de inversión o que colaboran con instituciones financieras registradas, cumplan con estas leyes.
- Protección al inversionista. Cuando una fundación privada ingresa al mercado de valores o atrae inversiones de terceros, la CNV supervisa sus actividades para garantizar los derechos de los inversionistas.
La CNV también ofrece consultas y difunde materiales educativos sobre la gestión de fundaciones y la administración de inversiones.
Procedimiento para Registrar una Fundación Privada en Panamá
La etapa inicial implica la preparación de un conjunto de documentos: la carta fundacional, los estatutos y los documentos de identificación del (los) fundador(es) y beneficiario(s).
Los pasos para registrar una fundación privada en Panamá incluyen:
Preparar varias opciones de nombre para la futura fundación y verificar su singularidad y cumplimiento de los requisitos del registro respectivo.
Completar un formulario especial, que nuestros especialistas le enviarán por correo electrónico. Cada beneficiario o fundador debe completar un formulario.
Proporcionar una carta de referencia del banco o lugar de trabajo del fundador.
Si se utiliza un servicio de nominado, firmar un contrato fiduciario con nuestros directores nominados, a quienes recomendaremos.
La creación de una fundación en Panamá cuesta al menos 5.450 euros.
Dependiendo de la complejidad del acta constitutiva y de los servicios adicionales, los costes pueden llegar hasta los 7.750 euros. Se cobra una cuota anual de mantenimiento que oscila entre los 3.750 euros. La fundación necesita tres miembros de la junta directiva y un fundador. El plazo de constitución es a partir de los 14 días posteriores a la recepción del pago por el servicio. Según el artículo 318 del Código Fiscal de Panamá, la fundación debe pagar una cuota de registro de 300 dólares y una cuota anual para mantener su personalidad jurídica.
Gestión y Estructura de una Fundación Privada en Panamá
La estructura de una fundación privada en Panamá incluye los siguientes componentes:
- El fundador
- El consejo de la fundación (generalmente compuesto por tres miembros, que pueden ser individuos o entidades legales)
- Los beneficiarios, que son las personas o entidades a las que la fundación está destinada a beneficiar
- Un protector o supervisor (opcional).
El fundador también puede actuar como miembro del consejo de la fundación. Se ofrecen servicios de representación de nominados a partir de 6,600 euros.
Impuestos para una Fundación Privada en Panamá
Panamá opera bajo un sistema de tributación territorial, lo que significa que no se aplican impuestos sobre los ingresos generados fuera del país. Por lo tanto, los ingresos que la fundación genere de activos extranjeros no están sujetos a impuestos.
Características fiscales y administrativas adicionales de las fundaciones en Panamá incluyen:
- Sin impuestos sobre ganancias de capital o dividendos
- Sin impuestos sobre herencias o donaciones
- Sin requisitos de informes financieros ni auditorías.
Si la fundación genera ingresos dentro de Panamá, estos están sujetos a la tasa impositiva estándar nacional. Al registrarse, se debe abonar una tarifa de inscripción única y una tarifa estatal anual para mantener el registro de la fundación. Panamá ha firmado numerosos tratados de doble imposición, que evitan que la fundación pague impuestos dos veces.
Restricciones y Especificaciones de las Actividades de una Fundación Privada en Panamá
Normalmente, las fundaciones en Panamá se establecen para planificación patrimonial y protección de activos, en lugar de para realizar actividades comerciales. Sin embargo, las fundaciones están autorizadas a gestionar activos de forma pasiva (inversiones, alquiler de propiedades o dividendos) y pueden participar en operaciones comerciales si es esencial para alcanzar sus objetivos (por ejemplo, preservación de activos).
Estas entidades legales no están destinadas a generar ganancias, y por lo tanto, las reglas y limitaciones sobre la distribución de ingresos entre beneficiarios suelen estar delineadas en la carta de la fundación. Al distribuir activos o ingresos, es fundamental adherirse estrictamente a la carta, que especifica los objetivos principales de establecer la fundación, tales como herencia, apoyo familiar o filantropía.
Otras consideraciones esenciales incluyen:
- Estricto cumplimiento de las regulaciones contra el lavado de dinero (AML) y contra el financiamiento del terrorismo (CFT), pese a los altos niveles de confidencialidad
- Prohibición de emitir y usar acciones al portador
- Los cambios de beneficiarios solo son posibles si están estipulados en la carta de la fundación.
La fundación debe pagar tarifas estatales anuales para mantener su registro. Aunque estas tarifas son fijas y relativamente bajas, el impago puede resultar en la anulación de la fundación.
Ventajas de Trabajar con Nosotros
Nuestros clientes pueden estar seguros de que el registro de una fundación privada en Panamá se realizará en estricto cumplimiento con las normas legales, considerando todos los detalles. Los especialistas de nuestra empresa poseen amplia experiencia y conocimientos sobre las leyes panameñas en cuanto a la constitución de entidades legales.
Ventajas de asociarse con nosotros incluyen:
- Servicio integral, desde la preparación de documentos y presentación de solicitudes hasta el registro de la fundación y el pago de las tarifas requeridas
- Alta confidencialidad y protección de datos
- Desarrollo de soluciones personalizadas para satisfacer las necesidades del cliente
- Cumplimiento con todos los estándares internacionales necesarios.
Garantizamos que el proceso de registro sea eficiente, permitiendo a los clientes alcanzar rápidamente sus objetivos y beneficiarse de la jurisdicción de Panamá. También ofrecemos servicios de nominados, ideales para clientes que buscan minimizar su rol en la gestión mientras protegen sus intereses.
Conclusión
Registrar una fundación privada en Panamá es una solución óptima para quienes están interesados en la preservación de activos y en una planificación patrimonial efectiva. El marco legal de Panamá proporciona una base sólida para entidades de este tipo, permitiendo estrategias de planificación a largo plazo.
Si está interesado en establecer una fundación privada en Panamá, ¡contacte a nuestros expertos hoy mismo!
¿Cuál es el Capital Mínimo Requerido?
En Panamá, no existen requisitos de capital mínimo para establecer una fundación privada. Generalmente, se designa un monto nominal de $10,000 USD, aunque no es obligatorio realizar el pago completo. Otros activos o fondos adicionales pueden ser añadidos a la cuenta de la fundación para fines de gestión.
¿Es Necesario Realizar Informes para la Fundación?
Las fundaciones en Panamá están exentas de requisitos de informes financieros y auditorías. Sin embargo, en ciertos casos, los informes pueden ser necesarios para la gestión interna de activos o para cumplir con los requisitos de las instituciones financieras con las que la fundación interactúa.
¿Cómo se Regula la Confidencialidad?
La legislación panameña garantiza la confidencialidad a través de la Ley No. 32 de 1927, aplicable a fundaciones privadas, y la Ley de Privacidad de 2001. La información de los beneficiarios no es accesible al público. Las leyes panameñas permiten que las fundaciones privadas tengan propietarios nominados, lo que proporciona una capa adicional de anonimato.
¿Se Pueden Cambiar los Beneficiarios?
Para cambiar los beneficiarios, debe incluirse una disposición para ello en la carta de la fundación con antelación. Sin esta disposición, no pueden realizarse modificaciones.